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INTERNACIONALES

21 de marzo de 2012

Condena de 7.710 años por una matanza de 256 indígenas en 1982 en Guatemala

En su mayoría eran mujeres y niños

La pena recayó sobre cinco ex colaboradores de los militares en operativos contrainsurgentes, durante el régimen de facto del general Efraín Ríos Montt.

Cinco ex colaboradores de los militares en operativos contrainsurgentes en 1982, durante el régimen de facto del general Efraín Ríos Montt, en Guatemala, fueron condenados por una jueza a una pena de 7.710 años de prisión por una matanza de 256 indígenas, en su mayoría mujeres y niños. 

El Tribunal de Mayor riesgo A, a cargo de la jueza Jazmín Barrios, dictó el martes la sentencia durante una audiencia en la que familiares de las víctimas lloraron y se abrazaron al escuchar el veredicto.

Entre los medios de prueba se tomó en cuenta el testimonio de 28 personas que expusieron que las víctimas fueron quemadas y que el fuego duró dos días en extinguirse, señalando que antes de matar a las mujeres, las violaron.

Cuatro de los condenados eran colaboradores del ejército bajo la figura de "patrulleros civiles", en tanto el quinto era un "comisionado militar", según despacho de DPA.

Los condenados son los ex patrulleros civiles Eusebio Grave, Julián y Mario Acoj, y Santos Rosales, y el ex comisionado militar Lucas Tecú, quienes fueron capturados en agosto del año pasado.

El Ministerio Público (MP) logró probar ante el tribunal que los cinco condenados formaban parte de una unidad militar que el 18 de julio de 1982 ingresó a la comunidad de Plan de Sánchez, en el municipio de Rabinal, en el departamento norteño de Baja Verapaz, y asesinó a al menos 256 habitantes, la mayoría mujeres y niños.

En los debates, el fiscal del caso, Orlando López, manifestó que los cinco acusados ayudaron, guiaron y dieron información al ejército sobre la ubicación de la aldea y también participaron en la masacre.

Las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC) fueron organizadas por el ejército como parte de su estrategia contrainsurgente y consistía en reclutar a los hombres dentro de las comunidades, a los que dotaba de armas para ser usadas contra columnas guerrilleras o supuestos colaboradores de los rebeldes.

Si un poblador se negaba a integrarse a las PAC, rápidamente era considerado "simpatizante" de la guerrilla o miembro de ésta.
Los "comisionados militares" eran personajes más selectivos que el ejército nombraba en el campo, como colaboradores en misiones sociales y de inteligencia.

En 2004, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado de Guatemala por esta matanza y le ordenó investigar y perseguir penalmente a los responsables.

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